La multa que se impone en Colombia por infringir las normas ambientales
Creado por: Verónica Gómez Torres
¿Sabía que existe un catálogo de sanciones que una autoridad ambiental puede imponer a una organización y la más común es la multa? Sí, como lo explica el profesor javeriano Carlos Echeverry, quien es director de la Especialización en Derecho Ambiental, la multa se ha convertido en la sanción prototípica del régimen sancionatorio ambiental colombiano adoptado por la Ley 1333 de 2009, y es efectiva para evitar futuras conductas que atenten contra los recursos naturales renovables.
El valor máximo de una multa a quien con su acción u omisión infringe las normas ambientales es de máximo 5.000 salarios mínimos legales mensuales, con la particularidad de tener carácter “sucesivo”, es decir que puede ser diaria.
“El artículo 2.2.10.1.2.1. del Decreto 1076 de 2015 dice que la multa se aplicará siguiendo unos criterios como beneficio ilícito, factor de temporalidad, grado de evaluación ambiental y/o evaluación del riesgo, entre otros, los cuales son valorados al momento de tasar el monto de la multa a pagar y aplicados mediante una fórmula descrita por la Resolución 2086 de 2010”, explica el profesor Carlos, quien es Doctor en regiones sostenibles.
Pero ¿qué significa que las multas pueden ser diarias? ¿Cuándo se impone una multa diaria? ¿Cuál es el procedimiento para asignarla?
Las multas diarias o sucesivas no son desconocidas en nuestro ordenamiento jurídico, asegura al director de la Especialización en Derecho Ambiental. La pauta para conocer en qué circunstancias se impone la multa diaria o sucesiva en materia ambiental, la dicta el Consejo de Estado (2006):
“[T]ratándose de una infracción continuada la autoridad ambiental puede diariamente imponer una multa máxima equivalente a 300 salarios mínimos legales mensuales y hasta que cese la infracción, y si se trata de una infracción de ejecución instantánea puede igualmente imponer una multa hasta por los mismos 300 salarios mínimos legales mensuales”
“El Consejo de Estado habla de la procedencia de la multa diaria o sucesiva siempre y cuando la infracción que motivó la apertura del proceso se mantenga, por ejemplo, si alguien realizó un cambio del cauce de una corriente de agua, sin autorización, y esa conducta motivó la apertura de un proceso sancionatorio que culminó con la imposición de una multa, así como con la orden de restablecimiento del cauce original en un plazo taxativo
En caso de no cumplirse con esa obligación, la autoridad está llamada a verificar el estado de cumplimiento de las condiciones del acto declaratorio de responsabilidad administrativa y con un fundamento técnico (concepto técnico) que debe trasladarse al presunto infractor para su respectivo pronunciamiento puede, mediante acto administrativo motivado, imponer otra multa para corregir y disuadir la conducta omisiva del infractor.
El monto máximo de las multas diarias es de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigente, “pero el monto de la multa diaria o sucesiva debe atender criterios de razonabilidad y proporcionalidad, para garantizar que su efecto disuasivo y correctivo sea efectivo”, añade el profesor Carlos Echeverry.
Es por ello que con la Especialización en Derecho Ambiental la Universidad Javeriana Cali busca responder a esa necesidad de profesionales expertos en el Régimen Jurídico de los Recursos Naturales, el cual describe las principales exigencias normativas al momento de aprovechar distintos recursos naturales como el aire, el agua, o el suelo (residuos).
Quienes se deciden a estudiar este posgrado adquieren una sólida formación en legislación ambiental nacional e internacional que inciden en el sector empresarial y que permiten reducir el riesgo de costosas sanciones administrativas.
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